Se aprobó de manera unánime por el Congreso de Sinaloa la «Ley Anti-Chancla» con el propósito de evitar el castigo corporal a niñas, niños y adolescentes.
La reforma a esta ley se establece en la fracción VIII del artículo 83 de la siguiente manera:
“Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral; así como de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en particular el castigo corporal. El ejercicio de su patria potestad, tutela o guarda y custodia no podrá ser justificación para incumplir la obligación prevista en la presente fracción.” (Soy 502)